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PERMISO DE CONDUCIR



Canje de los permisos de conducción expedidos en países no comunitarios (Andorra, Corea, Japón y Suiza).


No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del Convenio respectivo, cuando su titular hubiera obtenido el permiso siendo residente legal en España.


DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

1. Solicitud en impreso oficial que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico y en la página Web de la DGT www.dgt.es

2. Acreditación de identidad y residencia:

a. Documento Nacional de Identidad o Pasaporte: original en vigor.
b. Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte, junto con el Certificado de Inscripción en el Registro Central de Extranjeros para extranjeros comunitarios: original en vigor.
c. Autorización de Residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.

3. Informe expedido por un Centro de reconocimiento para conductores autorizado de la provincial de la Jefatura donde se dirija la solicitud.

4. Permiso de conducción: original en vigor y fotocopia.

5. Fotografía actualizada: una original de 32 x 25 mm.

6. Talón foto , que se facilitará en las Jefaturas de Tráfico: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.

7. Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.

8. Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción, ya sea expedido en España o en otro país comunitario, de igual clase que el solicitado.


SUPUESTOS ESPECIALES:

Corea: traducción oficial del permiso realizada por un Consulado o por la Embajada.

Japón: traducción oficial del permiso.

Representación:
Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aporta su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.

COSTO: TASA O PRECIO PÚBLICO:

Tasa II.3 (Su cuantía varía anualmente)



Canje de permisos de conducción procedentes de: República Argelina Democrática y Popula, República Argentina, República de Bolivia, República de Chile, República de Colombia, República de Croacia, República de Ecuador, Reino de Marruecos, República de Perú, República Dominicana, República de Paraguay, República de Uruguay, República Bolivariana de Venezuela


No se canjean los permisos obtenidos con fecha posterior a la firma del convenio siendo residente legal en España. Debe solicitarse en la jefatura de tráfico de la provincia de su domicilio legal mediante cita previa en el teléfono 902.300.175


DOCUMENTACIÓN NECESARIA:

1º. Solicitud: en impreso oficial disponible en las jefaturas de tráfico y en www.dgt.es

2º. Tasa II.3: 17´80 Euros

3º. DNI: original en vigor.

- Autorización de residencia o documento de identidad de su país o pasaporte junto con el NIE para extranjeros comunitarios: original en vigor.
- Autorización de residencia para extranjeros no comunitarios: original en vigor.

4º. Informe Médico: expedido por un centro de reconocimiento para conductores de la provincia de la jefatura donde se dirija la solicitud.

5º. Permiso de Conducción: original en vigor y fotocopia.

6º. Fotografía: una original de 32 x 25 mm.

7º. Talón foto: cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.

SUPUESTOS ESPECIALES:

Representación: Cuando la documentación no sea presentada por el titular del permiso, la persona que le representa deberá aportar su DNI original y autorización del interesado para realizar el trámite, donde exprese su carácter gratuito.


PRUEBAS A REALIZAR:

Argelia: permisos A, B y B+E: canje sin pruebas, permisos C1+E, C, C+E, D y D+E: prueba específica y de circulación.

Argentina: permisos A, B, B+E y autorización BTP: canje sin pruebas, permisos C, C+E y D: prueba de circulación.

Chile: permisos A y B: canje sin pruebas, permisos C1, C1+E, C, C+E, D1 y D: prueba de circulación, permisos D1+E y D+E: canje sin pruebas.

Colombia: permisos A, B, B+E y autorización BTP: canje sin pruebas, permisos C, C+E y D: prueba teórica específica y de circulación.

Croacia: permisos A, B y B+E: canje sin pruebas, permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E: prueba teórica específica y de circulación.

Ecuador: permisos A, B y B+E: canje sin pruebas, permisos C, C+E y D: prueba teórica específica y de circulación.

Marruecos: permisos A1, A, B y B+E: canje sin pruebas, permisos, C, C+E, D, D+E: prueba teórica específica y de circulación.

Perú: permisos A1, A, B y B+E: canje sin pruebas, permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E: prueba de circulación.

República Dominicana: permisos A1, A y B: canje sin pruebas permisos C1, C, C+E, D1 y D: prueba teórica específica y de circulación

Uruguay: permisos A1, A y B: canje sin pruebas, permiso C1: prueba teórica específica, permisos C y C+E: prueba teórica específica y de circulación, permiso D1: canje sin pruebas, permiso D: prueba de circulación.

Venezuela: permisos A, B y autorización BTP: canje sin pruebas, permisos C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E y D, D+E: prueba teórica específica y de circulación.

Si tu permiso de conducir pertenece a estados de la UE, visita esta página

(Fuente: dgt.es)


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